Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer de la demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, interpuesta por la abogada MARYORI REYES HERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 118.267, actuando como apoderada judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A, contra el acto de certificación dictado por la Dirección Estatal de salud de los Trabajadores Distrito Capital del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) contenido en el oficio Nº 168-10 de fecha 13-07-2010, mediante la cual certificó de origen ocupacional la enfermedad que padece la ciudadana NANCY JOSEFINA SANCHEZ LARA, titular de la cédula de identidad Nº. 9.453.284, considerando como competente para.....