este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, revisa el contenido de dicho escrito y observa que el Oferente ofrece la cantidad de Bs.20.279,92. Asimismo, se evidencia que el Oferido ciudadano NELSON ZAMBRANO, cédula de identidad NºV-15.040.703, se encuentra debidamente asistido de abogado, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.20.279,92), por los siguientes conceptos y días: garantía de prestaciones sociales (antigüedad), 14 días de vacaciones 2014-2015, intereses sobre prestaciones sociales; 14 días de bono vacacional 2014-2015, 13 días de utilidades fraccionadas 2015 y 14 bono alimentación fraccionado. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en.....