Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana YSLEN RENATA FOSSI PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.796.218, en contra del ciudadano JOSE DOMINGO BERNAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.487.888, a favor del adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes. En consecuencia, se fija el quantum de la Obligación de Manutención en un CERO COMA CINCO (0,5) de un salario mínimo actual vigente; esto es la cantidad de CUATROSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 440,00) tomando como punto de partida el salario mínimo mensual actual, decretado por el Ejecutivo Nacional, mediante Decreto Nº 6.660, de fecha 30/03/2009, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela .....