En virtud de lo antes expuesto, este Juez Unipersonal Nº 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, concede AUTORIZACIÓN a fin de que la progenitora, la ciudadana URQUIA YESNABE JAIMES CERRAES, previamente identificada, TRAMITE ante la Oficina de Identificación y Extranjería (ONIDEX), el pasaporte de la niña, quien es hija de los ciudadanos URQUIA YESNABE JAIMES CERRAES y JONATHAN LAURENS PEREZ, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.301.193 y V-12.952.193 respectivamente, en el entendido que la expedición del pasaporte no significa que la mencionada niña esté autorizada para salir del territorio nacional, siendo que la misma se encuentra tramitando la autorización correspondiente ante esta Sala de Juicio.