"..En el mérito de las anteriores consideraciones, este JUEZ UNIPERSONAL Nº VI DE LA SALA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÒN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA MEDINA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.309.174, quien fuere debidamente asistida por la ciudadana NELIA YUSELIT GUTIERREZ CASTILLO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.975, en interés y beneficio de la adolescente "..cuya identificación se omite por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente..", contra el ciudadano ICARO JOSE MUREY ALFONZO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.9.....