En merito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal VII, de la sala de Juicio del tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Alimentos , presentada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO GUDIÑO RODRIGUEZ , a favor de sus hijos. En consecuencia se fija como obligación alimentaría que debe suministrar el ciudadano, GUSTAVO ADOLFO GUDIÑO RODRIGUEZ titular de la Cédula de identidad Nro: V-6.326.728 a sus hijos , la cantidad de Primero: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,oo) mensuales.
Segundo: Por concepto de Bono escolar la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (180.000,oo).
Tercero: Por concepto de Bonificación especial de fin de año la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (200.000,oo) y 50% de los gastos médicos .
Cuarto: El cumplimiento del .....