Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, SALA IX, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de dicha Separación de Cuerpos y Bienes. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos MICHELLE AYLEE SOLOTUCHA JOUNG y DHANY MARTINEZ VELTRE, ya identificados, celebrado el día Treinta y Uno (31) de octubre de Dos mil tres (2003), ante el registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, Acta Nº 532.
La patria Potestad sobre la niña (...), será ejercida de manera conjunta por los progenitores, de conformidad con la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La Guarda y Custodia de la Niña (...), hasta cumplir la mayoría de edad, será ejercida por su madre MICHELLE AYLEE SOLOTUCHA JOUNG, de conformidad con el artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección.....