Probado como ha sido lo alegado por la solicitante, y cumplidas todas las formalidades de Ley, este Juez Unipersonal Décimo X del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la de la Ley ordena por vía SUMARIA y de conformidad con el Articulo 773 del Código de procedimiento Civil la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de los Libros del Registro Civil de Nacimiento llevado en la Parroquia Sucre, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, bajo el número 2043, Folio 22, del año 1995, de la siguiente manera: En la Partida de Nacimiento donde aparece asentado el nombre "BEATRIZ DEL CARMEN VALLACINDA DE BARRIOS" debe decir "BEATRIZ DEL CARMEN VILLACINDA DE BARRIOS", y así se decide.
En consecuencia, líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capit.....