SEGUNDO: Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por la parte actora en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO sigue JOAO VIEIRA ALVES Y CONSTANTINO VIEIRA ALVES, contra los ciudadanos PABLO BALBINO SANDOVAL, FELIX ANTONIO SANDOVAL, FRANCISCO ANTONIO ROJAS, JOSÉ DIONISIO YANEZ GONZÁLEZ Y AVELINO TORO, en el expediente N° 2008-3858, de la nomenclatura particular de este Juzgado, y así se decide.
Asimismo, se ordena la devolución de la garantía prestada, equivalente a la suma de TREINTA DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 32.250,00), consignada en fecha 07 de agosto de 2008, mediante Cheque de Gerencia N° 00479915, del Banco Plaza, C.A., Agencia Guarenas, por la cantidad antes mencionada. Cúmplase lo ordenado.
Dada, se.....