Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la querella interpuesta por los abogados CARLOS HUMBERTO CISNEROS, ANTONIO JOSE PUPPIO G., ANTONIO JOSE PUPIO VEGAS, SANTIAGO ALEJANDRO PUPPIO VEGAS, EZEQUIEL ZAMORA PRESILLA, EZEQUIEL ZAMORA ARCAYA y RODRIGO GERD KRENTZIEN, respectivamente, procediendo con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano WILLIAMS JOSE LOZANO BECERRA, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra el acto administrativo contenido en Resolución Nº R-005-2008, dictado por el Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, publicados en el Diario Vea, de fecha 30 de enero de 2008. En consecuencia se decide:
PRIMERO: Se declara la nulidad del acto administrativo contenido en Resolución Nº R-005-2008, dictado por el Director Presidente del Ins.....