Vistos los escritos de pruebas presentados por la abogada NAIDA ZAPATA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 18.979, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS MARÍA DELGADO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad número V- 1.988.213, y por la abogada YARITZA ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 110.265, actuando en su carácter de apoderada judicial del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SENIAT); se admiten las pruebas promovidas en los referidos escritos cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes.-
En relación a las pruebas de exhibición de documentos solicitadas, en el CAPITULO III del escrito presentado por la abogada NAIDA ZAPATA, apoderada judicial del ciudadano LUIS MARÍA DELGADO GONZÁLEZ, este Órgano Jurisdiccional estima lo siguiente:
En relación a la prueba de exhibición del expediente administrativo P.....