El TRibunal le da entrada a la causa, y se aboca a su conocimiento, admitiendo la demanda que por Divorcio 0rdinal 2° del artículo 185 del Código Civil, ordenando la comparecencia de la demandada, Nubia Esther Jerez gómez, para que una vez cosnte en auto su citación, pasados comos sean 45 días continuos a las once de la manana tenga lugar el 1er acto conciliatorio, verificado éste tendra lugar a la misma hora y pasado el mismo lapso, el 2do acto conciliatorio, pasados cinco días a la celebración del 2do ato, tendrá lugar la contestacion, ordenandose librar la compulsa previa consignación de los fotostatos necesarios.-