Se impartió la HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION, realizada en fecha 10 de Junio de 2008, ante la Notaria Trigésima Octava del Municipio Libertador, del Distrito Capital, bajo el Nº 54, Tomo 92, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria, dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, se suspendió la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 21 de Abril de 2008.