Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la pretensión contenida en la demanda de divorcio incoada por el ciudadano MATEO MANAURE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 244.108, contra la ciudadana MARIA LUISA LIZANA DE MANAURE, chilena, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E- 81.509.900.
Se condena en costas a la parte actora.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los seis (06) días del mes de octubre del dos mil quince (2015).
EL JUEZ,
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