Se dictó auto de admisión de la demanda y se emplazó a Inversiones 4020 C.A. y Mercedes Romero Gimenez, a los fines de que paguen o formulen oposición las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La cantidad de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 9.330.000,00), correspondiente al saldo del préstamo de dinero otorgado a la demandada, resultante de restar el monto que originalmente le fuera prestado, la primera y única cuota por ella pagada, de setenta mil bolívares (Bs. 70.000,00); SEGUNDO: La cantidad de CIENTO SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (BS.163.450,00), por concepto de intereses moratorios calculados a la tasa del tres por ciento (3%) anual, así a) CIENTO SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 175,00), correspondientes a la mora de un mes de la cuota Nº 2, vencida el 28 de febrero de 2010, calculada al 28 de marzo de 2010; b) CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 163.275,00), correspondientes a la mora del saldo del pr.....