Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA DAR POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO planteado por la parte actora en esta causa, dado el razonamiento antes aducido en virtud del juicio por EJECUCIÓN DE FIANZA incoado por el INSTITUTO DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO MIRANDA (INVIHAMI), contra PROSEGUROS S.A, sociedad mercantil, y la empresa CORPORACIÓN ANGREL, C.A, sociedad mercantil, signado con el asunto (Nro. AH12-M-2007-000079), antiguamente signado con el Nro. 2007-9550.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los ocho (08) días del mes de junio del año Dos Mil Diez (2010).- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.