se ordena la restitución del bien mueble constituido por un Vehículo con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET; MODELO: CAVALIER; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: COUPE; AÑO: 1997; COLOR: ROJO; SERIAL DE CARROCERÍA: 8Z1JF12TOVV303232; SERIAL DE MOTOR: OVV303232 y PLACAS: GAG-91R; USO: PARTICULAR, a la entidad bancaria BANESCO, C.A. BANCO UNIVERSAL., C.A, en la persona de cualquiera de sus apoderados judiciales abogados EDMA DI LUCENTE LÓPEZ, RAFAEL NARVÁEZ MARCANO, ULALIA PÉREZ DE MARTINI, AURELYS MARCANO MARCANO, LISBETH MARÍA MORENO BERMÚDEZ y CELIS MARGARITA NARVÁEZ MARCANO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 29.576, 31.885, 82.463, 84.463, 92.970 y 26.969, respectivamente. Para la práctica la restitución, se comisiona amplia y suficientemente a cualquier Juez de Municipio Ejecutor de Medidas de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio anexo a mandamiento de ejecución.
El Juez,
Dr. Juan Carlos Varela
La Secretaria
Abg. Dioc.....