Declara el ABANDONO DEL TRAMITE en el presente juicio, y en consecuencia, EXTINGUIDO el procedimiento que por AMPARO CONSTITUCIONAL intentó el FONDO DE INVERSIONES DE VENEZUELA contra VÍCTOR MORENO, MANUEL DÍAZ Y ALEJANDRO TERÁN, todos identificados en punto anterior de esta decisión.
De conformidad con lo estatuido en el único aparte del artículo 25 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone al accionante en amparo, una multa de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) por virtud de haber abandonado el trámite de esta acción.
Publíquese, regístrese, déjese copia y, hecho todo, archívese el expediente.