En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, formulado en fecha 10 de noviembre de 2016, por la parte actora, ciudadana BRIGIDA CAPOBIANCO PENNACHIO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.055.575, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MARIA GAMARDO MEDINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 57.944.
SEGUNDO: En virtud de lo anterior, este Tribunal ordena el desglose y la entrega de los documentos originales que obran en autos a la parte que los produjo, previa su certificación de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se insta a la parte int.....