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DISPOSITIVA
Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO formulada por el ciudadano HERMINIO VIEIRA ALVES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-4.845.179, contra la Sociedad Mercantil SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., domiciliada en Caracas, modificados sus estatutos en diversas oportunidades, la ultima de las cuales se encuentra inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y el Estado Miranda, el 09 de julio de 1999, bajo el Nº 16, Tomo 189-A Sgdo.-
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena a la parte actor.....