Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero 31, ubicado en el piso 3, del Edificio Torre Norte, Edificio éste que forma parte del Conjunto Residencial GREEN 9, construido sobre la parcela N° 4, ubicado en la calle Golf, en el Sector Golf A, Fase 1 de la Urbanización Bosques de la Lagunita, Municipio El Hatillo del Estado Miranda, cuyas medidas, linderos y demás especificaciones constan en el documento de condominio que se citan mas adelante. El inmueble está signado con la ficha Catastral N° 47864A, número de Catastro 330-19-10, y tiene una superficie aproximada de ochenta y seis metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados (86,85 MTS2) y consta de las siguientes dependenc.....