Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (FOGADE), contra la sociedad mercantil REPUESTOS PRONTOTECA C.A, plenamente identificados en el encabezamiento de este fallo. En consecuencia se condena a los demandados a pagar: PRIMERO: la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,00) por concepto de capital correspondiente al pagaré de fecha 22 de septiembre de 2008; SEGUNDO: la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 4.445.863,80), por concepto de intereses devengados en virtud del pagaré de fecha 22 de septiembre de 2008, calculados en el período comprendido entre el 27 de julio .....