Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley resuelve: PRIMERO: DECRETAR MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes de la parte demandada,hasta cubrir la cantidad de un TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (BS. 3.577.500,00), que incluye el doble de la cantidad demandada más las costas calculadas por este Tribunal en un veinticinco por ciento (25%); con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.987,500,00), cantidad ésta que se compone de la cantidad demandada más las costas calculadas por este Tribunal. SEGUNDO: A los fines de la práctica de la medida, se comisiona amplia y suficientemen.....