En consecuencia, Suspende las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretadas en fecha 06 de Febrero de 2008, por este Tribunal y participadas según oficio N° 08-0177, de esa misma fecha, que recayó sobre un bienes inmueble propiedad de la parte demandada: "Una Parcela y Casa ubicada en el Parcelamiento prolongación La Campiña hacia el Este, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo, en su época Departamento Libertador, hoy Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Capital), correspondiente a la Parcela distinguida con el Numero y Letra C-3, en el de dicha parcelamiento; con una superficie de Ciento Cincuenta y Un Metros Cuadrados con Quince Decímetros Cuadrados (151,15 M2) y alinderada así: NORTE: En Veintitrés metros con Cuarenta y Un Centímetro (23,41 Mts) con la Parcela C-2 de la misma Urbanización, que es o fue de Lucia Labat, SUR: En Dieciséis metros con Siete Centímetros (17,07 Mts) con la Parcela C-4 que es o fue de Juan Calcaño Herrera, ESTE: En Ocho metros Cincuent.....