En virtud de la sentencia dictada en fecha 30/05/2014 por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 18 de septiembre de 2003, y comunicada mediante oficio No. 03-1131 de esa misma fecha al Registrador Subalterno del Primer Circuito de Registro del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), medida que recayó sobre el siguiente bien inmueble:
"Un inmueble identificado con el No. 185, Piso 18, Torre "B" Conjunto Residencial las Guacamayas de la Avenida San Martín y José Ángel Lamas, Urbanización San Martín, Parroquia San Juan de esta ciudad, con una Superficie de (71,33) Metros Cuadrados y alinderado así: NORTE: Ducto de basura, fachada interna del edificio y apartamento No. 186; SUR: Fachada sur del edificio, ESTE: Ducto de basura, pasillo de circulación y apartamento No. 186 y OESTE: Fachada oeste d.....