Se declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Vicente Eduardo Suárez Rivero y Carolina de la Cruz García Colmenares, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.122.556 y V-6.373.457, respectivamente, y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, que contrajeron el 04 de abril de 1986, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, según acta Nº 303; por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil venezolano.