En consecuencia este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION efectuada por la representación judicial de ambas partes, en fecha 24 de octubre de 2013, realizada por una parte por la abogada MARIA MILAGROS RODRIGUEZ OJEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.634, actuando como apoderada judicial de la parte demandada, y por la otra, el abogado GUSTAVO ANTONIO BENCOMO MONTILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.321, actuando como apoderado judicial de la parte demandada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.