Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION de fecha de fecha 20 de marzo de 2011, autenticada ante la Notaría Pública Vigésima Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el No. 44, tomo 55, suscrito por una parte por el ciudadano CARLOS TOMAS MONTAÑO HERNANDEZ, en su carácter de demandado, y por la otra por el abogado CESAR AUGUSTO CONTRERAS SEQUERA, apoderado judicial de la parte actora, identificados al inicio del presente fallo; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Dada la especial naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas conforme lo establece el artículo 277 ejusde.....