En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN formulado por el ciudadano EUSEBIO ASUAJE SOLANO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 52.533, quien actúa en representación y con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, IMPORTADORA USY, C.A., Sociedad Mercantil con domicilio en Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 12 de agosto de 1992, bajo el No. 25, Tomo 68-Pro, y FM POWER MATERIALES ELECTICOS, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, e inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la circunscripción Judicial del .....