Con lugar la inhibición propuesta por la Dra. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 82, Ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil, en su condición de Juez Titular del Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el juicio que por Resolución de Contrato siguen los ciudadanos HIRAN ABIF GAVIRIA RINCON y GLORIA TAGLIAFERRO DE GAVIRIA, contra la Sociedad Mercantil INVERSORA C.B 110457 C.A. en la persona del ciudadano CAMILO LAMALETTO y a este en su propio nombre y a la ciudadana BARBARA DE LAMALETTO.