éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero> SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano MICHEL ALEJANDRO DÍAZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.668.203., contra la empresa TRANSPORTES Y SERVICIOS RODRÍGUEZ & ACOSTA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Tomo 13-A, bajo el N° 53.-
Segundo: Se condena en costas al perdidoso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: De conformidad con lo dispue.....