siendo las diez de la mañana, se traslado este Juzgado, en compañía de la apoderada actora, abogada Alides Asmara Castro Bastardo, Inpreabogado No. 84.127, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora: piso 7 del Edificio General, ubicado en la Avenida La Estancia, Urbanización Chuao, Municipio Baruta, Estado Miranda, a fin de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO.- Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora, lugar donde funciona la empresa SIDOR, el Tribunal es atendido por Juan Pablo Guerrero, C.I. No. V.-13.137.765, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución en el cual se ordena: "...MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre: "el cincuenta por ciento (50%) de las doscientas cincuenta y tres acciones (253), Clase "B", nominativas no convertibles, con un valor al momento de la compra de cuarenta y tres bolívares fuertes con cuarenta y un céntimos (43,41) cada una de ellas, lo que hace un total de diez mil.....