Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA el desistimiento o renuncia del recurso de apelación ejercido en fecha 06/05/2013 por la abogada ROSARIO RODRÍGUEZ MORALES, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EDWIN PEÑA CARRERA, contra la sentencia de fecha 18/03/2013 proferida por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA) sigue en su contra la ciudadana MARIA ELISA VITAL SERRADAS.
En virtud de no haber pacto en contrario; SE CONDENA en costas a la demandada, ciudadano EDWIN PEÑA CARRERA, de conformidad con el encabezamiento del artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, por haber desistido del recurso de apelación ejercido.