Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto el 29 de Junio de 2016, por los abogados FRANCISCO JIMÉNEZ GIL y LUÍS MARIANO RODRÍGUEZ ROJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 98.526 y 98.925, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano RICARDO ALEJANDRO GÓMEZ FLORES, venezolano, mayor de edad, con domicilio en Madrid-España y titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.534.449, en el juicio que por Nulidad de Contratos sigue en contra de los ciudadanos JULIO CÉSAR GÓMEZ MORA, JUAN CARLOS GÓMEZ MORA, JEANNETTE CRISTINE GÓMEZ MORA, MÓNICA MARÍA MORLE JIMÉNEZ, LUIS ALBERTO REIS FERREIRA, CARMEN JULIA DÍAZ PULIDO, JAIRO ENRIQUE RAMÍREZ MÚÑOZ, venezolanos, ma.....