Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 2 de febrero de 2016 por el abogado LUIS ARMANDO GARCÍA SAN JUAN, ampliamente identificado en el encabezado del presente fallo, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora ciudadanas; JOSEFINA MARÍA GARLIN GARCÍA y MARÍA CAROLINA GARLIN GARCÍA, ampliamente identificadas en el encabezado del presente fallo, contra la sentencia dictada 29 de septiembre del 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se declara sin lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada; LUIS ENRIQUE GARLIN GARCÍA, contenida.....