En consecuencia, este Juzgado declara que efectivamente existen varios errores materiales, en el Acta de Nacimiento identificada con el No. 229, levantada el 9 de marzo de 1946, por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Departamento Libertador del Distrito Federal; por lo cual se ordena su rectificación, en los siguientes términos: deberá dejarse constancia que la forma correcta de escribir el primer y segundo nombre de la niña presentada es RAIZA ELIZABETH, y no RAISA ELIZABTH; igualmente, deberá dejarse constancia que el nombre correcto de su madre es LAURA INAZOA DE ISTURIZ, y no JULIA IRAZOA DE ISTURIZ, como fueron asentados inicialmente en la referida Acta de Nacimiento, perteneciente a la ciudadana RAIZA ELIZABETH ISTURIZ DE BELFORT, titular de la Cédula de Identidad No. 2.941.460.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital.....