En tal sentido, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos JORGE MANTELLINI MATOS y CLAUDIA CAROLINA CARRANZA MAGO, titulares de la Cédula de Identidad números V- 6.918.683 y V- 6.682.140; y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el 20 de marzo de 2009, contraído ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Miranda, asentado bajo el acta de matrimonio N° 32, de los libros de matrimonio llevados en el año 2009.
Se ordena oficiar lo conducente a las autoridades competentes, a los efectos establecidos en los artículos 475 y 506 del Código Civil, en concordancia con el artículo 152 de la Ley de Registro Civil, adjunto a copia certificada de la presente decisión, que se ordena expedir de conformidad con lo establecido en el artículo 112 .....