Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, este Tribunal declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO interpuso la sociedad mercantil INVERSIONES LENCAR, C.A. contra OFICINA DE ASESORAMIENTO PARA INVERSIONES ODAPI, C.A. y la ciudadana LEDA JOSEFINA SOTO BRACHO. En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: ENTREGAR a la parte actora el inmueble arrendado, constituido por un galpón construido en parte de un terreno de once mil cinco metros cuadrados (11.000 m2), situado la carretera panamericana, kilómetro 18, sector La Carbonera, jurisdicción del Municipio Carrizal, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, desocupado de personas y bienes, en el mismo perfecto estado de aseo, conservación, limpieza y mantenimiento en que lo recibió al inicio de la relación arrendaticia y solvente en el pago de todos los servicios públicos y/o privados usados .....