A través de SENTENCIA DEFINITVIA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos AIDA MARGARITA PONCE MONTEJO y RADAMÉS SARATIEL CARRILLO. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 16 de diciembre de 1994, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, anotada bajo el Acta No. 70, Tomo 1, del año 1.994, del libro de Matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar Oficios a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.