Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos: RAMIRO AMILCAR ALIAGA LORETO y MARIA ALEJANDRA DA COSTA URBANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.305.777 y V-14.264.671, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Registro Civil del Municipio Baruta, Estado Miranda, en fecha 14 de julio del año 2007, según consta de acta de matrimonio número 17, del libro de matrimonios correspondientes al año 2007.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en.....