D E C I S I O N
Por todos los razonamientos que anteceden, este Tribunal Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda intentada por GERARDO RIERA contra PULCINELLA RISTIRANTE, C.A. por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ambas partes identificadas en autos, y como consecuencia de ello, se DECLARA: Que la parte demandada, dé cumplimiento al contrato de sub-arrendamiento celebrado el 10/10/2004, constituido por una (1) porción de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180 mts2), del inmueble denominado Quinta Shao, situado en la Avenida Principal de las Mercedes, Esquina La Trinidad de la Urbanización Las Mercedes, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, en los términos y condiciones establecidos en el citado contrato, así como el beneficio de la prórroga legal, contemplado en el artículo 38 de.....