Así las cosas, observa este sentenciador de los documentos traídos a los autos por la parte interesada, que ciertamente al momento de identificar a su progentor el funcionario actuante colocó en la partida de nacimiento cuya rectificación se pretende, "RUBEN BERHUS BELISARIO", siendo lo correcto "RUBEN BEHRENS BELISARIO", y a su progenitora como AURA CERNONI cuando lo correcto es AURA CERVONI, asimismo, cometieron un error material en su nombre al colocar "DENISE YSIDRA" cuando lo correcto es "DENISE YSIDORA" tal y como se evidencia de la partida de nacimiento expedida por la Oficina de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia de la Candelaria, del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el N° 3097 del año 1.952. En efecto, y habiendo quedado demostrado por la parte interesada, el error invocado en el escrito libelar, este Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y po.....