Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Rectificación de Partida de Nacimiento No. 2191, Tomo 18, del año 1994, la cual corre inserta en libros de Registro de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: "02 de Febrero de 1992", debe decir: "08 de Enero de 1992", quedando así rectificada la PARTIDA DE NACIMIENTO antes señalada.
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto al Registrador Principal del Distrito Capital, así como a la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Bolivariano Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una .....