DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ISABEL MARIA NAVARRO JINETE y RODOLFO ALEXIS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.643.002 y V-5.410.899, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 24 de agosto de 2006, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nº 335, correspondiente al año 2006.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo establece.....