DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, los ciudadanos JOSÉ VLADIMIR MARTÍNEZ BORJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.033.503 y ZOILA DIAZ HERNANDEZ, cubana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.390.854, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS CORNIELES, inscrito en el IPSA bajo el Nº 56.166.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos fecha 23 de febrero de 2006, por ante la el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de acta Nº 05 obrante al folio 07 y su Vto y 08 y su Vto, del Libro de .....