III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por las ciudadanas Paola Patricia Boccia Guzzo y María Gracia Boccia de las Salvia en contra del ciudadano Carlos Dayoub, con fundamento en el literal "a" del Artículo 34 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y como consecuencia de ello: A) Se ordena la entrega material, real y efectiva libre de bienes y personas a la parte actora ciudadanas Paola Patricia Boccia Guzzo y María Gracia Boccia de las Salvia, del inmueble objeto de la pretensión constituido por Un Local identificado con el Nº 1, ubicado en el Edificio "Paula", Nº 47, piso 1, situado en la Calle Colombia, Esquina El Cristo, Catia, Parroquia Sucre, .....