Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAFAEL ANTONIO DUGARTE TORTORELLA e IGDTALIA MARIA GODOY MILANEZ, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y, titulares de las cedulas de identidad Nº V-14.444.513 y V-14.988.377, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 21 de octubre de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, el Distrito Capital de Caracas, según consta de acta de matrimonio consignada, signada con el Nº 76, del año 2005. TERCERO: Líbrense oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, líb.....