se imparte la HOMOLOGACION DEL PAGO efectuado en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por cuanto consta a los autos el cumplimiento del pago del monto condenado en su totalidad, por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 183.043,90), en fechas 22/03/2011, 18/04/2011 19/04/2011, y no adeudando cantidad alguna la parte demandada a la parte actora por los conceptos reclamados en el presente juicio, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a las partes codemandantes ROSA MARQUEZ .....