este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio; en tal sentido, se declara terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente y déjese copia del presente auto que formará parte de la auto composición procesal de este Juzgado. Por otra parte se acuerda expedir por secretaria dos (02) juegos de copias certificadas, de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Establece.