Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 22 de febrero de 2012, por la abogado MARISOL MARCANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de febrero de 2012, con motivo del recurso de nulidad interpuesto por La JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO CEIBO I, en contra de la Providencia administrativa No. 0962-10 dictada por la Inspectoría del Trabajo Sede Sur " Pedro Ortega Díaz", Distrito Capital en fecha 30 de noviembre de 2010, con motivo del procedimient.....